Desde el 1° de enero, la receta electrónica es obligatoria en Entre Ríos

Luego de un período de convivencia entre recetas en papel y digitales, desde el 1° de enero de 2026 la receta electrónica pasó a ser de uso pleno en Entre Ríos, en el marco de la Ley Nacional N.º 27.553 y su adhesión provincial mediante la Ley N.º 10.977.

Durante el último año, el Ministerio de Salud de Entre Ríos trabajó en el fortalecimiento del sistema Salud Digital Entre Ríos (SADER), con el objetivo de ampliar y consolidar el uso de la receta electrónica en todo el sistema sanitario provincial.

Desde la perspectiva de los pacientes, el procedimiento no presenta modificaciones significativas respecto al formato en papel. Sin embargo, para el sistema de salud representa un avance clave en términos de transparencia, control, trazabilidad de los medicamentos y eficiencia en la gestión de compras, aspectos fundamentales ante los requerimientos de organismos como la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT).

El director de Innovación y Desarrollo en Salud, Javier Segovia, explicó que todos los efectores públicos ya se encuentran habilitados para emitir recetas electrónicas a través de SADER. Además, se avanzó en la integración del sistema para que los medicamentos prescriptos desde el sector público puedan retirarse también en farmacias privadas, aplicando los descuentos correspondientes según la cobertura de cada paciente.

Si bien la implementación no modifica el trabajo cotidiano de médicos, farmacias ni pacientes, fue necesario realizar desarrollos informáticos que permitan integrar distintos sistemas y contemplar las particularidades de cada obra social, como listados de medicamentos, porcentajes de descuentos o cartillas cerradas de profesionales. El sistema también prevé la emisión de recetas para personas sin cobertura, que representan cerca del 90 % de las prescripciones del sector público.

Implementación de la receta electrónica en OSER

Desde la Obra Social de Entre Ríos (OSER) se detalló cómo será la aplicación del nuevo sistema, aclarando que la receta electrónica será obligatoria para todos los medicamentos con cobertura de la obra social. Los mismos se dividen en dos grupos:

Medicamentos sin autorización

Corresponden al plan ambulatorio de OSER.
El médico confecciona la receta electrónica y entrega al afiliado el número de receta.
En la farmacia, la medicación se retira presentando DNI + número de receta.

Medicamentos con autorización

Incluye planes crónicos, oncológicos y patologías especiales.

Plan crónicos:
El médico confecciona seis recetas electrónicas (una por cada mes de validez) y completa el formulario OSER GP-777.
El afiliado debe presentar en sede de OSER: números de receta, formulario y estudios complementarios.
Luego, en farmacia, retira la medicación con DNI + número de receta.

Plan oncológicos y patologías especiales:
El médico confecciona la receta electrónica y completa el formulario correspondiente.
El afiliado presenta en sede de OSER: número de receta, formulario y estudios complementarios.
Una vez autorizada, la notificación se realiza por correo electrónico y la medicación se retira en farmacia con DNI + número de receta.

Desde OSER también se aclaró que:

  • Todas las recetas en papel emitidas hasta el 31 de diciembre de 2025 mantienen su vigencia.

  • Los medicamentos crónicos, oncológicos y especiales ya aprobados continúan vigentes con la documentación actual del afiliado.

  • El médico prescriptor debe ser prestador de OSER.

  • Este procedimiento no involucra el uso de la aplicación MI.OSER.

👉 Ante dudas, se recomienda consultar en las sedes de OSER o con el profesional de salud correspondiente.

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